El texto distingue tres tipos de rifas y tómbolas: benéficas, de utilidad pública, y de interés particular
Castilla y León aprueba un nuevo reglamento para rifas, tómbolas y sorteos publicitarios
La Junta de Castilla y León ha aprobado el Decreto por el que se regula el funcionamiento de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias con fines publicitarios en la comunidad. La norma, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, desarrolla el marco jurídico de estas actividades, estableciendo requisitos específicos para su organización y las condiciones bajo las cuales pueden operar.
Entre sus novedades, el texto distingue tres tipos de rifas y tómbolas: benéficas, cuyos beneficios se destinan a fines no lucrativos; de utilidad pública, orientadas a objetivos de reconocido interés social; y de interés particular, cuando los fondos no tienen un destino específico. Asimismo, establece que los premios de estos sorteos no podrán canjearse por dinero, deberán ser propiedad del organizador antes de la venta de boletos y mantenerse hasta su finalización.
La norma también detalla el proceso de autorización. Mientras que las rifas y tómbolas requieren un permiso administrativo previo, aquellas organizadas por entidades sin ánimo de lucro estarán exentas de autorización si el premio no supera los 3.000 euros. En el caso de combinaciones aleatorias con fines publicitarios, como sorteos promocionales de productos o servicios, basta con una comunicación previa a la administración. En cualquier caso, las empresas deben garantizar que la participación sea gratuita y que los consumidores no sufran sobrecostes derivados de la promoción.
El decreto refuerza además el control administrativo sobre estas actividades, con un régimen sancionador. La regulación entrará en vigor veinte días después de su publicación en el BOCYL, con la posibilidad de que la Consejería competente actualice en el futuro los importes de premios exentos de autorización.












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