Difundimos el documento, publicado en el BOC
Cantabria saca a consulta pública la futura redacción del Decreto por el que se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado con fecha de 6 de marzo de 2020 la Resolución por la que se tramita la consulta pública relativa a la modificación del Decreto 23/2008, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
Las alegaciones podrán realizarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la presente resolución en el BOC.
Se dirigirán, por escrito, al Servicio de Juego y Espectáculos, ubicado en la calle Peña Herbosa, número 29, de Santander, pudiendo presentarse en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente, pueden presentarse a través del portal de transparencia en que se publicará la presente Resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: http://participacion.cantabria.es/
La consulta pública pretende recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de los siguientes aspectos, tal y como recoge el Decreto por el que se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la norma:
La elaboración de esta norma pretende servir de instrumento de gestión para las futuras aperturas de salones de juego, garantizando los principios de buena regulación recogidos en la Ley 5/2018, especialmente en el sentido de aumentar la transparencia y disponer de información veraz y actualizada, así como de procedimientos administrativos eficaces y eficientes.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:
Las actuaciones propuestas se enmarcan dentro de la revisión normativa que se vienen realizando en la materia, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, siendo necesario en este momento, modificar el régimen de autorización y consulta previa de salones de juego, puesto que se ha detectado que los procedimientos actuales han quedado obsoletos e ineficaces, porque nos encontramos con un número elevado de consultas positivas emitidas años atrás, sin que la empresa solicitante haya tramitado licencia alguna.
c) Los objetivos de dicho Decreto:
El objetivo es dotar a la Administración de procedimientos ágiles y eficaces para la gestión de este tipo de establecimientos, así como eliminar la inseguridad jurídica que puede generar la contestación afirmativa de viabilidad sin estar sujeta a plazo de vigencia, con el fin de reflejar fielmente en el Registro de Juego, las circunstancias reales que se puedan producir en cada caso.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:
Las modificaciones propuestas suponen la modificación del Decreto 23/2008, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, por lo que, no existen otras alternativas regulatorias de actuación.
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