El Parlamento cántabro aprueba una revisión integral de los gravámenes administrativos que afectan desde los casinos hasta las tómbolas y rifas

Cantabria actualiza su marco fiscal para el sector en la Ley de Medidas de 2026

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El Parlamento de Cantabria ha dado luz verde a la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, cuya normativa resuelve diversas “disfunciones” detectadas en la aplicación de la Tasa Fiscal sobre el Juego y actualizar el régimen de gravámenes administrativos que afectan a operadores, establecimientos y fabricantes.

Uno de los pilares de esta reforma se centra en la gestión de las máquinas de tipo B, introduciendo una regulación detallada para la situación de baja temporal. Según el nuevo articulado, los sujetos pasivos tienen la facultad de mantener un porcentaje de su parque de máquinas en situación de inactividad trimestral, siempre que cumplan con el requisito indispensable de no reducir la plantilla neta de trabajadores de la empresa. Esta medida establece que la baja temporal debe declararse dentro de los primeros quince días naturales de cada trimestre y no podrá exceder anualmente el quince por ciento del total de máquinas autorizadas por el operador. El incentivo fiscal para las empresas que opten por este mecanismo es notable, ya que la cuota tributaria se verá reducida en un 90% durante el periodo de inactividad. No obstante, la ley es estricta con el cumplimiento laboral: si no se mantiene el nivel de empleo comprometido, el operador estará obligado a autoliquidar las cantidades no ingresadas junto con los correspondientes intereses de demora. Para reintegrar una máquina al servicio antes de finalizar el trimestre, se exige la comunicación previa a la Administración y el abono de las cuotas íntegras correspondientes a su nueva situación.

La Ley actualiza de forma pormenorizada las tasas por servicios de ordenación del Juego, afectando a la totalidad de las autorizaciones y registros de la comunidad. Las cuantías fijadas para la obtención de licencias de apertura son diversas según la naturaleza del establecimiento: la autorización de casinos se sitúa en 5.293,95 euros, las salas de bingo en 1.221,69 euros, y los salones de Juego en 584,51 euros. Por su parte, los locales de Apuestas tendrán una tasa de 206,65 euros, mientras que las zonas de apuestas y los salones recreativos abonarán 154,99 y 244,34 euros respectivamente. Las actividades de carácter más puntual, como rifas y tómbolas, quedan gravadas con 81,45 euros.

La normativa también incide en la estructura empresarial del Sector, estableciendo un coste de 161,27 euros para la inscripción y autorización de empresas gestoras de casinos, bingos, salones, operadoras y fabricantes de material de Juego. Cualquier modificación o renovación de estas autorizaciones tendrá un coste equivalente al 50% de la tarifa original. En lo relativo al material técnico, la homologación e inscripción de modelos de máquinas de los tipos B y C costará 81,45 euros, descendiendo a 40,72 euros para las de tipo D. Asimismo, la autorización de explotación de máquinas de tipos B y C se fija en 81,45 euros, mientras que los trámites de transmisión de estas autorizaciones, cambios de establecimiento o canjes de máquinas tendrán un coste administrativo de 24,42 euros.

Finalmente, la ley incorpora una vertiente sanitaria en la supervisión de los locales, incluyendo a los casinos y sociedades de recreo en el catálogo de establecimientos sujetos a tasas por actuaciones e inspecciones de salud pública. Dependiendo del volumen y la categoría del local, estas tasas de inspección oscilarán entre los 12,22 y los 58,65 euros. Con este conjunto de medidas, el Gobierno de Cantabria busca una ordenación del Sector que equilibre la actualización de la carga administrativa con incentivos fiscales vinculados directamente a la estabilidad del empleo en el Sector.

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