Desgranamos los presupuestos relativos al Juego de cada Comunidad

Así son los Presupuestos Generales de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid y Valencia

AZARplus

Las Comunidades Autónomas de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Andalucía y Comunidad de Madrid han presentado los Presupuestos Generales de su Administración, donde se incluyen los datos relativos al Juego para 2023, los cuales pasamos a comentar a continuación, por orden alfabético:

Andalucía

Según indica la Administración en sus Presupuestos Generales, se prevé una caída del 2,5% en los ingresos procedentes de la Tasa Fiscal sobre el Juego, así como en el impuesto sobre el Juego online (2,7%).

En la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado beneficios fiscales en la modalidad de “Máquinas recreativas”. Consiste en la aplicación de una cuota trimestral reducida de 400 o 200 euros, según el cumplimiento de determinados requisitos recogidos en el artículo 52, apartado 2, de la nueva Ley de Tributos Cedidos.

Con la aprobación de la nueva Ley, ya no se considera beneficio fiscal la aplicación del tipo reducido del 15% cuando la sala de juego cumplía determinados requisitos de mantenimiento de la plantilla de trabajadores, como en el régimen jurídico anterior, ya que este tipo del 15% pasa a ser el tipo de gravamen general en cualquier caso (frente al anterior tipo general del 20%).

Como figura en el Proyecto de Ley del Presupuesto de Andalucia 2023, se modifica el artículo 76, quedando redactado como sigue:

Artículo 76. Gestión y recaudación de tasas por máquinas de nueva autorización o restituidas.

  1. Tratándose de máquinas recreativas de nueva autorización o que a la fecha del devengo se encontrasen en situación de baja temporal, pretendiéndose darlas nuevamente de alta, los contribuyentes ingresarán y presentarán la autoliquidación de la cuota de la tasa. Esta se ingresará por su cuantía trimestral, según corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.2.
  2. En el supuesto de canje de máquinas, para la determinación de la cuota trimestral de máquinas de nueva autorización, será deducible la cuota que sea exigible en el mismo trimestre por la máquina que se ha dado de baja de manera definitiva para ser sustituida por la nueva. En ningún caso, esta operación podrá conllevar minoración en el pago trimestral de la tasa”.

Asimismo, se modifica el párrafo b) del apartado 1 del artículo 52, que queda redactado como sigue: b) En los casinos de juego se aplicará la siguiente tarifa:

Respecto de la Inspección y vigilancia, la Administración afirma que “se va a priorizar el cumplimiento por parte de los Salones de Juego y Bingo, de los controles de admisión que se establezcan en los accesos del establecimiento, de forma que se impida que desde el exterior del mismo se pueda acceder a las personas que por cualquier motivo lo tengan prohibido”.

Castilla-La Mancha

En el ámbito de la Tasa fiscal sobre Juego y su tributación, la Ley del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha recoge los siguientes beneficios fiscales:

Cuota para las máquinas de juego en situación de baja temporal

Se establece una cuota trimestral de 100 euros, en lugar de la cuota semestral de 925 euros -o la que en su caso corresponda-, para las máquinas de juegos de los tipos B y C que se encuentren en situación de baja temporal.

Para el ejercicio 2023 se estima que el impacto de esta bonificación será de 632.000 euros, y el número de contribuyentes beneficiados será de 190.

Tipo reducido para los casinos de juego y establecimientos de juegos de casino

Se establece un tipo reducido del 10%, frente al tipo general del 15%, para los casinos y establecimientos de juegos de casino que acrediten la creación y el mantenimiento del empleo, en función de la plantilla media de cada período impositivo (artículo 49.1.b de la Ley 5/2021). “Se trata, claramente, de un beneficio fiscal ligado tanto a la generación de empleo como a su mantenimiento en ejercicios posteriores”.

Para el ejercicio 2023 se estima que el impacto de esta bonificación será de 440.000 euros, y el número de contribuyentes beneficiados será de 7.

Exención para las rifas y tómbolas organizadas por entidades sin fines lucrativos cuando el valor de los premios ofrecidos no exceda de 3.000 euros, así como para las rifas, tómbolas, apuestas, combinaciones aleatorias, y apuestas hípicas mutuas organizadas o celebradas por entes de derecho público (artículo 55 de la Ley).

Para el ejercicio 2023 se estima que el impacto de esta bonificación será de 71.000 euros, y el número de contribuyentes beneficiados será de 5.

En relación a los impuestos indirectos, la tasa estatal sobre el Juego en máquinas recreativas se sitúa en los 632.000 euros, en casinos en 440.000 euros, y sobre rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias en 71.000 euros.

Los ingresos por la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar se prevé que alcance los 35.933.920 euros.

Los ingresos por el impuesto sobre las actividades del Juego se concretan en 6.375.440 euros.

En cuanto al programa relativo a la Ordenación del Juego, se gestionan las competencias asumidas por la comunidad autónoma en esta materia. “El objetivo que se persigue con este programa es posibilitar una actuación pública permanente que, partiendo de la singularidad de esta actividad empresarial, asegure la acomodación en el ámbito regional de las políticas del juego al contexto social existente y garantice, en todo momento, la defensa de las personas consumidoras, en especial de los grupos de población que, por razones de edad u otros motivos, puedan resultar especialmente sensibles al juego.

Así, se continuará con la actuación inspectora y de control de los establecimientos y las actividades de juego, tanto para cumplir con el compromiso de garantía y seguridad para participantes, organizadores y otros colectivos, como, especialmente, para garantizar la protección y salvaguarda de los grupos de población más vulnerables.

También, se impulsará la labor del Observatorio de Juego Responsable, como órgano permanente de la Comisión de Juegos de Castilla-La Mancha, en el que se analiza y evalúa el impacto del juego en la sociedad castellano manchega, de cara tanto a la definición y puesta en práctica de programas de prevención de los efectos adversos de la actividad del juego, como a la implantación de políticas de juego responsable que contemplen también los aspectos educativos y de salud pública”.

Extremadura

Dentro de los tributos sobre el Juego en esta Comunidad se incluyen los conceptos:

  • Tasa sobre juegos de suerte, envite o azar (casinos, bingos y máquinas recreativas)
  • Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias.

Los beneficios fiscales están establecidos en el Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, y corresponden básicamente a tipos de gravamen reducidos (juegos de bingo, juegos que se desarrollen de forma remota) o exenciones en rifas y tómbolas por entidades sin fines lucrativos por valor de los premios inferiores a 3.000 euros.

Según señala la Comunidad en sus presupuestos, “la aplicación de los beneficios examinados permite estimar el coste por esta figura impositiva en 95.000 euros”.

En lo que respecta al Impuesto sobre Actividades de Juego, se observa un aumento de 200.000 euros en comparación con 2022, situándose en los 2.800.000 euros, un 7,7% más.

Galicia

La Comunidad gallega presenta una reducción de 4.542.000 euros prevista para 2023, situando las tasas fiscales sobre el Juego en 45.339.000 euros. Según indica la Administración, “la actividad del juego sigue muy afectada por la situación derivada de las restricciones por la pandemia del SARS-CoV-2, lo que ha provocado el cierre de algunos establecimientos. Por este motivo, y con el objetivo de que la actividad pueda recuperarse paulatinamente manteniendo el empleo, se acomete la reducción del tipo del gravamen, pasando del 50% al 30%, asociando el derecho a su aplicación al mantenimiento de la plantilla media de trabajadores, durante todo el período impositivo respecto del inmediatamente anterior. El coste de esta medida asciende a 3 millones de euros”.

El impuesto sobre actividades de Juego también se verá reducido de los 8.727.000 euros de 2022 a los 8.141.000 euros para el próximo año.

La cifra afectada supone una caída de casi un 7% respecto al presupuesto de 2022, en el que se esperaba la reactivación de este tipo de juegos por parte de la Administración, en los que las apuestas deportivas tienen una gran preponderancia, debido a la reactivación y vuelta a la normalidad de los eventos deportivos. Sin embargo, esta reactivación no se produjo al nivel esperado. “La cifra presupuestada para el año 2023 supone un ligero incremento respecto a la cifra prevista de recaudación para el año 2022”.

Asimismo, el propio gobierno gallego señala en la Memoria que “en el año 2023 se procederá al desarrollo reglamentario de la nueva Ley del Juego de Galicia. Además, se pondrá en marcha el Observatorio Gallego del Juego, como instrumento de estudio y propuesta de actuaciones en esta materia, para lo que se incluirán las dotaciones pertinentes en estos presupuestos”.

Madrid

La tasa fiscal del Juego en la Comunidad de Madrid se sitúa en los 115 millones de euros, un 12,7% menos que 2022, mientras que el impuesto sobre actividades de Juego asciende a los 25,5 millones, igualando la cifra de este año.

Tasa fiscal sobre el juego: 115.000.000

Se integran las siguientes figuras tributarias:

  • La Tasa Fiscal de Máquinas o aparatos automáticos, que grava la autorización de explotación de las máquinas recreativas con premio programado (B, B1, B2 y B3), de azar (C) y con premio en especie (D). La tasa será exigible por trimestres naturales, devengándose el primer día del trimestre
  • La Tasa Fiscal del Juego del Bingo
  • La Tasa Fiscal sobre Casinos de Juego, que grava los ingresos brutos que los casinos obtengan procedentes del juego, entendiéndose como tales la diferencia entre el importe total de los ingresos obtenidos por el juego y las cantidades satisfechas a los jugadores por sus premios
  • La Tasa Fiscal que grava la autorización, celebración u organización de rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias. En la Rifas y Tómbolas la base imponible de la tasa vendrá constituida por el total de los boletos o billetes ofrecidos. En las Combinaciones Aleatorias, por el valor de los premios ofrecidos. En las apuestas hípicas y sobre acontecimientos deportivos, competición u otro carácter previamente determinado, la base de la tasa vendrá constituida por la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el importe de los premios obtenidos por los participantes en el juego
  • Tasa fiscal del juego del Bingo Electrónico. La base imponible de este tributo está constituida por las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios. El tipo tributario aplicable es del 20%
  • Tasa sobre juegos efectuados a través de internet o de medios telemáticos. La base imponible de este tributo está constituida también por las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios. El tipo tributario es del 10%.

Se trata de un tributo cedido, gestionado por la Comunidad de Madrid. Los impuestos sobre el juego no muestran signos de recuperación tras la pandemia, por lo que la previsión de ingresos por este impuesto supone una disminución del 12,7% sobre el presupuesto 2022.

Las sanciones en materia de Juego se cuadran en los 400.000 euros, dejando los premios no pagados de Juegos de suerte, envite o azar en 50.000 euros.

Asimismo, para 2023 desaparece la previsión para los impuestos propios, ya suprimidos (Imposición propia sobre el juego).

En lo que respecta a los Programas presupuestados, el Programa 932O “Ordenación y Gestión del Juego”, figura el subconcepto “Otros trabajos con el exterior” con un crédito de 355.000 euros, “para atender fundamentalmente el servicio de digitalización del archivo en materia de juego y el contrato de colaboración técnica en inspección de máquinas recreativas”.

Control e inspección de las actividades de juego. Régimen sancionador.

Uno de los objetivos prioritarios de la función de control e inspección del juego seguirá siendo el control del juego autorizado, para comprobar que se efectúa en las condiciones y con los requisitos autorizados y con el material homologado, con especial incidencia, al igual que en los ejercicios anteriores, en los salones de juego y los locales de apuestas, haciendo hincapié en el cumplimiento de las nuevas medidas introducidas para este tipo de locales por el Decreto de Planificación de determinados establecimientos de juego en la Comunidad de Madrid.

Asimismo, se continuará con una especial vigilancia de los controles del acceso a los establecimientos para comprobar que no acceden a los mismos menores ni personas que tengan prohibido el acceso a los juegos que en ellos se practican.

También seguirá siendo objeto de control el juego desarrollado mediante máquinas y las apuestas sobre acontecimientos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinados, atendiendo a la importancia social que presentan ambas modalidades de juego.

Por último, se supervisará el desarrollo del resto de juegos presenciales, así como aquellos otros que se practiquen a través de medios electrónicos, informáticos, interactivos o de comunicación a distancia. Por último, controlará la posible existencia de juego ilegal o prohibido, a fin de proteger los intereses generales, los derechos e intereses de los usuarios y el cumplimiento de la normativa sectorial para asegurar una actividad de juego, ordenada, lícita, transparente y en libre competencia de los operadores autorizados.

En cuanto al régimen sancionador, se continuará con la imposición de las sanciones que procedan como consecuencia de los expedientes sancionadores a que den lugar las actas de infracción levantadas en las correspondientes inspecciones.

Valencia

El Consell ha aprobado en un Pleno extraordinario el proyecto de ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio de 2023, donde se detalla que el presupuesto inicial para el 2023 de la tasa fiscal sobre el Juego será de 159.859.590 euros, lo que supone un incremento del 4,12% respecto al 2022, estipulado en 153.538.140 euros.

Los ingresos por el impuesto autonómico sobre el Juego se sitúan para el 2023 en 19.455.580 euros, un 6% más que el pasado año.

En la Memoria de Actuaciones de la Generalitat Valenciana, se incluyen entre sus objetivos básicos la regulación del Juego en la Comunidad, el desarrolloyo de la Ley de regulación del Juego y de prevención de la ludopatía, la redacción de reglamentos relativos a la Ley de regulación del Juego, así como el ejercicio de las competencias relacionadas con la gestión del Juego en la Comunidad Valenciana.

Para ello, la Comunidad pretende elaborar y aprobar el Plan de Inspección del Juego para los ejercicios 2024 y 2025, junto a la determinación de las s limitaciones del número y distribución de locales de juego y máquinas de juego en locales hostelería.

Entre sus principales líneas de actuación podemos encontrar:

  • Diseño y puesta en marcha de la página web de la Comisión de Juego de la Comunitat Valenciana
  • Diligenciamiento de los Libros de Actas que deben poseer los establecimientos de juego de la Comunitat Valenciana
  • Tramitación de expedientes de autorizaciones y modificaciones de autorización de locales de juego
  • Tramitación de expedientes de autorizaciones, caducidad, apertura, renovaciones y modificaciones de autorización de Empresas de Juego
  • Tramitación de expedientes de autorización de rifas, tómbolas y, en su caso, combinaciones aleatorias en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana
  • Tramitación de expedientes de homologación de material de juego y de máquinas recreativas y de azar
  • Tramitación de credenciales de acceso al sistema Joc-er de gestión electrónica de expedientes de juego para el personal de las empresas Fabricantes, Importadoras, Operadoras, Comercializadoras o Distribuidoras de material de juego
  • Tramitación de expedientes de devolución de avales
  • Tramitación de expedientes de alta y baja en los registros de personas que tienen prohibido su acceso a los locales de juego
  • Tramitación de credenciales para que el personal de los servicios de admisión de los locales de juego pueda acceder a consultar el registro de personas que tienen prohibido su acceso a los dichos locales
  • Realización de acciones de inspección y control de locales, máquinas, material de juego y actividades relacionadas con la actividad de juego
  • Instrucción y propuesta de resolución de expedientes sancionadores por faltas muy graves

Sobre el desarrollo de la ley de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunidad Valenciana, se prevén cuatro puntos a conseguir durante 2023:

  • Aprobación de la Estrategia Valenciana Integral de Prevención y/o tratamiento del juego patológico y de su Plan de Actuación Bienal 2024-2025
  • Elaboración y aprobación del Plan de Inspección del Juego para los años 2024 y 2025
  • Aprobación del estudio de análisis de impacto social. Determinación de las limitaciones del número y distribución de locales de juego y máquinas de juego en locales de hostelería de la Comunitat Valenciana
  • Diseño y puesta en marcha de la página web de la Comisión del juego

En relación a la redacción de reglamentos de la Ley de regulación del juego, se pretende elaborar normas, estudios, informes y análisis en la materia, con un total de 10 normas, mientras que en lo relativo al ejercicio de las competencias relacionadas con la gestión del Juego en la Comunidad, se manifiestan cuatro puntos de especial interés:

  • Autorizar las diferentes actividades de juego (1100 solicitudes)
  • Velar por la práctica del juego responsable, controlando las prohibiciones de acceso a los locales de juego (600 solicitudes)
  • Medir y comprobar el cumplimiento de la normativa y de las autorizaciones en materia de juego (15.000 inspecciones)
  • Corregir las desviaciones producidas respecto de los incumplimientos normativos y de la contravención de las autorizaciones (100 expedientes)

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