Un texto que en palabras de la Administración pretende "proteger a los grupos vulnerables", desde AZARplus les invitamos a que lean toda la documentación y que juzguen por sí mismos...

Así es el Informe de Ponencia de la restrictiva Modificación de la Ley de Juego de Aragón

AZARplus

La Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario de las Cortes de Aragón ha aprobado el Informe de Ponencia sobre el Proyecto de Ley de Modificación de la Ley del Juego de Aragón, un Proyecto que en palabras de José Antonio Rubio, Presidente de AESA, “es anticonstitucional, no protege a nadie y destruirá 2.000 puestos de trabajo en Aragón”.

Por ahora la normativa aún está en tramitación, y como informamos desde AZARplus, AESA organizaba ayer mismo un encuentro para la recogida de firmas junto a la Asociación de Chinos de Ultramar en Aragón, que agrupa a los propietarios de 1.300 establecimientos de hostelería de la comunidad, con la idea de instar a la Administración autónoma a modificar la reforma de la Ley del Juego, pues como indicaban desde la Asociación, “tendrá su aplicación en forma de destrucción de empleo en el Sector”.

Según señalan en el Informe de Ponencia, las pantallas de las máquinas instaladas en Hostelería  deberán emitir “mensajes de Juego Responsable y realizar antes del inicio de la partida un «autotest» al jugador, sobre su edad y sobre su comportamiento responsable en la práctica de juego”.

Las máquinas de tipo B1 instalados en Hostelería, durante el tiempo en el que no se encuentren en uso, “no podrán emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos, e incluirán en sus pantallas de juego mensajes de prohibición de uso a menores y prohibidos, así como mensajes de juego responsable. Previo al inicio de la sesión de Juego por la persona jugadora, el terminal formulará preguntas al usuario, relativas a su edad y responsabilidad con el juego. Completadas las respuestas, automáticamente el terminal iniciará el Juego”.

Asimismo, se suprime la habilitación legal de instalar terminales de apuestas de deportivas. La nueva redacción dada al artículo 22 prevé que las máquinas de Juego instaladas en los Locales de Juego “incorporarán un dispositivo que permita a la Administración su acceso y control remoto”. Además, el artículo 22.3 de la ley concreta los rótulos e información de que deben disponer todas las máquinas de Juego.

En el frontal de la máquina de juego constarán además, visibles y legibles, las siguientes advertencias:

  • Prohibición de jugar de los menores de edad.
  • Prohibición de jugar a las personas inscritas en el Registro del Juego de Prohibidos de Aragón.
  • El juego en exceso puede producir trastorno por juego.
  • Información de las dependencias oficiales para solicitar la inscripción en el Registro del Juego de Prohibidos de Aragón facilitada por la Administración y del procedimiento para el acceso a tratamiento o ayuda.
  • Datos de contacto de instituciones y unidades de atención de los servicios sanitarios de la Administración dedicadas al tratamiento y rehabilitación de personas con trastorno por juego y, en su caso, de las entidades colaboradoras que se especifican en el apartado 4 de la disposición adicional sexta de esta ley.

En lo que respecta al método de pago con tarjeta, debido a la enmienda de la A.P. Izquierda Unida Aragón (G.P. Mixto), se aprueba un texto transaccional con el que prohíben “facilitar el uso de tarjeta de crédito para intercambiar por efectivo con el que jugar”.

Las distancias también son modificadas, pasando de 300 a 500 metros: “No podrán concederse nuevas autorizaciones de apertura o de ampliación de locales de juego a una distancia a pie inferior a 500 metros, medidos de las puertas de acceso de un local de juego a la puerta de acceso principal de los centros educativos acreditados por el departamento competente en materia de educación para impartir educación primaria y secundaria, bachillerato, ciclo de formación profesional básica y enseñanzas artísticas profesionales y de los establecimientos públicos que realicen actividades de ocio y tiempo libre principalmente a menores y jóvenes y de formación no reglada”.

Para sorpresa de nadie, eso sí, el Informe excluye de todo tipo de limitación o reforma a SELAE  y la ONCE, indicando: “Queda excluida del ámbito de aplicación de esta ley la comercialización de juegos de lotería estatal reservados por ley a la Sociedad de Loterías del Estado y a la ONCE, bien en soporte papel o bien a través de terminales de venta, de uso exclusivo por el personal del punto de venta o del establecimiento autorizado abierto al público, sin que este pueda tener acceso a su utilización”.

Como se puede apreciar este proyecto deja poco margen de maniobra al Sector ante las altas restricciones que implementa, pero aún así, José Antonio Rubio, Presidente de AESA, ha tendido la mano de nuevo a la Administración y ha manifestado en el programa Despierta Aragón, Estamos dispuestos a llegar a un consenso pero la realidad es que nos han escuchado muy poco en la elaboración de la Modificación de la Ley de Juego en Aragón.

Habrá que esperar para ver si finalmente todos los actores implicados son escuchados… Mientras tanto, permanezcan atentos a sus pantallas…

DESCARGAR PDF INFORME DE PONENCIA

VER AZARplus DE AYER.- AESA organiza un encuentro y recogida de firmas contra la nueva Ley del Juego de Aragón

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