De acuerdo con las dos Órdenes publicadas en el BOCM para su aplicación en las áreas afectadas y de forma general, respectivamente, ambos documentos difundidos en pdf

Así afectan al Juego y la Hostelería las “medidas extraordinarias” contra el Covid-19 que entran en vigor hoy en Madrid

AZARplus

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció este fin de semana las medidas para la contención del Covid-19 que el Gobierno regional implementará en dicha autonomía a partir de hoy lunes, día 21 de septiembre, entre ellas, algunas relativas a Juego y Hostelería que resumimos en esta información.

Las medidas, que Ayuso presentó acompañada del Vicepresidente, consejero de Deportes, Transparencia y portavoz del Gobierno regional, Ignacio Aguado; y el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en las zonas afectadas viven alrededor de 850.000 personas, lo que representa un 13% de la población madrileña, si bien concentran casi el 24% de los casos detectados en la última semana.

En su comparecencia, Escudero ha recordado que se trata de “medidas excepcionales” que tienen una vigencia inicial de 14 días y que se podrán prorrogar si así lo requiere la situación epidemiológica, y precisado que entrarán en vigor a las 00:00 horas del 21 de septiembre.

Estas medidas las recoge ORDEN 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del Covid-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud (ver los links al mapa y listado al pie de la información), como consecuencia de la evolución epidemiológica.

De acuerdo con las mismas, de aplicación en dichas zonas de salud, se señala que “resulta inevitable reducir temporalmente los aforos permitidos para la realización de determinadas actividades y servicios como en el caso de los espacios destinados al culto, la asistencia a velatorios y entierros, los establecimientos que prestan servicios de hostelería y restauración y, con carácter general, a cualquier local o establecimiento comercial”.

Asimismo, en cuanto a Hostelería, se limita el aforo al 50 por ciento en espacios interiores y exteriores, prohibiéndose el consumo en barra y estableciéndose una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de estas, para así mantener la debida distancia física de un mínimo de 1,5 metros entre personas sentadas en mesas diferentes o entre grupos de mesas.

Asimismo, la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y su hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, especificándose que “estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicable a los establecimientos y locales donde se desarrollen actividades de Juegos y Apuestas:

“5. Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra.

Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y lo- cales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas”.

Modificación de la Orden 668/2020, de aplicación general

Por otro lado, el Gobierno regional también ha modificado nuevamente la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria  una vez finalizada la prórroga del Estado de Alarma. En este caso, se trata de una medida de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, es decir, no es específica para las 37 áreas afectadas, reza el comunicado difundido.

De acuerdo con la ORDEN 1177/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la citada Orden 668/2020, se establece lo que sigue en relación a Hostelería. Por un lado, se apunta, teniendo en cuenta la evolución epidemiológica en los últimos días y la importancia que tiene el distanciamiento físico como instrumento para controlar contagios, que “se limita el número de personas que pueden ocupar una mesa o agrupación de mesas en los establecimientos de hostelería y restauración, fijándose en un máximo de seis”.

Asimismo, en los puntos Dos y Tres también se hace alusión a Hostelería en relación al aforo, con un máximo del 75 por ciento para consumo en el interior del local si es en mesa y el 50 por ciento si es en barra, entre otros aspectos. En concreto, se modifica el punto 1 del apartado vigesimosegundo, que queda redactado de la siguiente forma:

“«1. Los establecimientos de hostelería y restauración no podrán superar el setenta y cinco por ciento de su aforo para consumo en el interior del local si es en mesa y el cincuen- ta por ciento si es en barra.

Durante el consumo en barra deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes situados en la barra.

Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas, con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de seis personas»”.

Por el Tres se modifica el punto 1 del apartado vigesimotercero, aludiendo a cuestiones como el aforo en las terrazas o las distancias entre mesas o agrupaciones de mesas, que queda redactado de la siguiente forma:

“«1. El porcentaje de aforo permitido en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración será del cien por cien de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, si bien deberá garantizarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes.

Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros, respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de seis personas y deberán cesar su actividad, como máximo, a la 1:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas, rigiendo el horario de cierre que tuvieran auto- rizado por los órganos competentes si este fuera anterior a dicha hora»”.

Con el fin de ampliar la información, a continuación, difundimos la nota de prensa oficial, así como las dos Órdenes publicadas en el BOCM, en formato pdf y enlaces al mapa y listado de las zonas afectadas.

Realizaremos un millón de test a todos los vecinos de las zonas con más contagios por COVID-19

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado hoy que el Gobierno regional va a realizar un millón de test a toda la población que vive en los lugares donde se está registrado el mayor número de contagios por COVID-19, del mismo modo que se ha hecho con más de 100.000 docentes antes de la vuelta a las aulas este curso. Además, se va a reducir las reuniones sociales en toda la región a un máximo de 6 personas.

Los test se van a llevar a cabo, en el marco de la estrategia serológica del Gobierno, a todos los vecinos que viven en un total de 37 zonas básicas de salud, de ellas, 26 en Madrid capital (en seis distritos) y 11 en los municipios de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas (Se pueden consultar las zonas en los siguientes enlaces: http://www.comunidad.madrid/mapazonasbasicassalud y http://www.comunidad.madrid/zonasbasicassalud).

Así lo ha explicado Díaz Ayuso en la comparecencia que ha tenido hoy para dar a conocer las medidas incluidas en la nueva Orden de la Consejería de Sanidad para contener el coronavirus en las zonas con mayor transmisión. Tienen, entre otros objetivos, restringir la movilidad y la reducción de la actividad en estos 37 espacios, que corresponden a las áreas de atención de los centros de salud de cada barrio o municipio, y donde se llevarán a cabo este millón de test.

Juego

Como ha señalado la presidenta, acompañada del vicepresidente, consejero de Deportes, Transparencia y portavoz del Gobierno regional, Ignacio Aguado; y el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en las zonas afectadas viven alrededor de 850.000 personas, lo que representa un 13% de la población madrileña, si bien concentran casi el 24% de los casos detectados en la última semana.

Por eso, el Ejecutivo madrileño ha decidido efectuar estas pruebas la próxima semana a todos estos vecinos, del mismo modo que se ha hecho ya con más de 100.000 docentes antes de iniciar el curso escolar para garantizar una vuelta segura a las aulas. El próximo lunes, Díaz Ayuso solicitará al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la colaboración de los efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para montar el dispositivo de estos test, dada la magnitud de la medida.

Zonas afectadas

La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid ha establecido por criterios técnicos estas 37 áreas en función de una incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes, la acumulada en los últimos 14 días con una tendencia estable o creciente y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de la movilidad.

En Madrid capital las zonas afectadas son Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba, en Carabanchel; Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín, en Usera; San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales, en Villaverde; la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny, en el distrito de Puente de Vallecas; y Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa, en Ciudad Lineal.

En Fuenlabrada las zonas que se perimetrarán serán las de Alicante, Cuzco y Francia. También los municipios de Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio, y en Parla, las zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II. Por su parte, Getafe estará afectado en Las Margaritas y Sánchez Morate; en San Sebastián de los Reyes, la zona de Reyes Católicos; y en Alcobendas, la zona de Chopera y Miraflores.

Las restricciones quedarán reflejadas en una nueva Orden del consejero de Sanidad que entrarán en vigor el próximo lunes, 21 de septiembre cuando se publiquen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). La Abogacía General de la Comunidad de Madrid solicitará la ratificación judicial prevista en la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el caso de que así proceda.

Esta Orden tendrá un periodo inicial de vigencia de 14 días naturales, pudiéndose prorrogar si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica en la región. La Consejería de Sanidad recuerda que las sanciones aplicables por el incumplimiento de las órdenes y protocolos sanitarios vigentes pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

Medidas de restricción de la nueva orden

En la Orden se restringen los desplazamientos y actividades no imprescindibles en estas 37 zonas. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida de esas áreas salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de ese perímetro, para lo que se solicitará la correspondiente colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las policías locales. Las reuniones privadas se reducen en estas zonas de 10 a 6 personas, salvo que se trate de convivientes.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

Sobre los aforos en el comercio, se baja al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.

Por su parte, en la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. De igual modo, sólo podrá haber 6 comensales en cada mesa, en lugar de 10 personas como hasta ahora, y tendrán que cerrar a las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo y con las oportunas medidas de distancia de seguridad.

Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.

Reuniones sociales de 6 personas en toda la Comunidad 

Por otro lado, el Gobierno regional también va a modificar nuevamente la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, para limitar las reuniones sociales en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas (hasta el momento estaba permitido hasta un total de 10). Se trata de una medida de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

Comunicado COMUNIDAD DE MADRID

CONSULTAR MAPA DE ZONAS AFECTADAS

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