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Con independencia del medio que se utilice, y también se establece que "no se podrá aplicar la deducción cuando el contrato de patrocinio publicite el juego, las apuestas o los operadores de juego. Para interpretar estos conceptos se acudirá a lo establecido en la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego. El objetivo es no incentivar fiscalmente este tipo de publicidad que incita al juego y a las apuestas"

Aprobado el dictamen de la Ley Foral de modificación de medidas fiscales de Navarra que, fija un gravamen del 20% para las Apuestas

AZARplus

La Comisión de Hacienda y Política Financiera ha aprobado el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, por el que se modifican parcialmente distintas normativas, tal y como señala el comunicado difundido, que ofrecemos a continuación. Se trata, básicamente, de un conjunto de medidas que, inspiradas en el “compromiso con la equidad y la lucha contra la elusión fiscal”, producirán efectos en las retenciones de IRPF de 2019 y en las declaraciones de 2020 con el fin de “afianzar la capacidad económica como medida verdadera para distribuir las obligaciones tributarias”.

En cuanto a los tributos del juego, se fija un gravamen del 20 por ciento para las apuestas, con independencia del medio que se utilice. Al respecto, la enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha sido apoyada por todos, salvo Navarra Suma, que se ha abstenido.

Asimismo, en relación al Juego, se establece que “no se podrá aplicar la deducción cuando el contrato de patrocinio publicite el juego, las apuestas o los operadores de juego. Para interpretar estos conceptos se acudirá a lo establecido en la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego. El objetivo es no incentivar fiscalmente este tipo de publicidad que incita al juego y a las apuestas”, de acuerdo con el comunicado.

Aprobado el dictamen de la Ley Foral de modificación de medidas fiscales

La Comisión de Hacienda y Política Financiera ha aprobado hoy el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, por el que se modifican parcialmente el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio; la Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio; la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades; el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados; el Texto Refundido del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, regulado por el Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre; la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria; la Ley Foral reguladora del Régimen Tributario de las Fundaciones y de las actividades de patrocinio; la Ley Foral reguladora del régimen fiscal de las cooperativas; la Ley Foral reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra; la Ley Foral reguladora de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos; y la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Se trata de un conjunto de medidas que, inspiradas en el “compromiso con la equidad y la lucha contra la elusión fiscal”, producirán efectos en las retenciones de IRPF de 2019 y en las declaraciones de 2020. El objetivo es “afianzar la capacidad económica como medida verdadera para distribuir las obligaciones tributarias”.

La modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), recogida en el artículo 1 del proyecto de Ley, plantea una ‘ del 2% aplicable a la base liquidable general, a fin de “aligerar la carga fiscal que no se corresponda con un aumento del poder adquisitivo de los contribuyentes”. Es decir, se desea “evitar que el aumento de la renta que tenga su origen en la inflación y que, por lo tanto, no supone un aumento del poder adquisitivo, derive en un incremento de la tributación”.

Entre las novedades insertas en el transcurso del debate efectuado en Comisión se encuentra la que, frente a la exención generalizada recogida en el proyecto, sitúa en 30.000 euros (excluidas las rentas exentas) el límite para liberar de tributación las subvenciones concedidas por las Administraciones Públicas (las Forales y el resto) para obras de rehabilitación protegida. Esta previsión, inserta a instancias de EH Bildu con el respaldo de PSN, Podemos-Ahal Dugu e I-E, responde a un criterio “redistributivo, puesto que la exención afecta de manera desigual y progresiva a cada tramo de renta, evitando así que las rentas superiores salgan mucho más beneficiadas”. Navarra Suma ha votado en contra.

Por otra parte, se dobla, hasta 60.000 euros, la exención de rendimientos del trabajo de trabajadores desplazados al extranjero, con el propósito de favorecer la internacionalización de las empresas navarras. De este modo, se recupera el límite que rige en el conjunto de España, a propuesta de Navarra Suma, con el voto en contra de I-E y la abstención de EH Bildu.

Como alternativa a la situación anterior, especialmente dificultosa para las empresas pequeñas, se dispone que, en los casos en que las empresas paguen salarios para la compra de participaciones por sus trabajadores, siempre que se destinen inmediatamente a la adquisición de acciones o participaciones de la empresa donde trabajan o del grupo, dichos salarios, hasta un tope de 20.000 euros, quedarán exentos del impuesto. La enmienda de Navarra Suma ha salido adelante con los votos en contra de EH Bildu e I-E.

Asimismo, se consigna que el límite propio e independiente de 3.500 euros anuales para las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social opera en todos los sentidos, sumándose al límite de aportaciones máximas recogido en la actualidad. Con esta enmienda, defendida por PSN, GB y Podemos-Ahal Dugu, se regula también el límite propio correspondiente a primas satisfechas por la empresa a seguros colectivos de dependencia, que ya se estaba aplicando de esta forma. Sólo I-E ha votado en contra.

En relación a las deducciones por inversiones en instalaciones de energías renovables, vehículos eléctricos o híbridos enchufables y sistemas de recarga, se precisa que las cantidades no deducidas en el ejercicio por superar el límite del 25% o por insuficiencia de cuota se podrán aplicar en los cuatro ejercicios siguientes. La enmienda de PSN, Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu ha salido con el voto en contra de Navarra Suma y la abstención de I-E.

En el campo del alquiler de vivienda, se amplía un año, de 30 a 31, la edad para acogerse al programa EmanZipa de arrendamiento para emancipación, dado que alrededor del 16% de las solicitudes aprobadas se corresponde con personas nacidas en 1990, que de otra manera dejarían de ser beneficiarios. Además, se admite en el censo de solicitantes de vivienda protegida, en las mismas condiciones que los inscritos con una antigüedad igual o superior a un año, a aquellos arrendatarios de vivienda protegida con un contrato visado administrativamente, también con antigüedad igual o superior a un año.

A su vez y en relación al Programa de Deducciones para Acceso a Vivienda (DAVID), a partir de 2020 sólo constará el requisito general de llevar inscrito en el censo al menos un año (ahora son dos), siempre a fecha de 1 de enero de cada año natural. Dicho programa consiste en una prestación para ayudar al abono de la renta del alquiler de la vivienda habitual a familias con ingresos inferiores a una determinada cantidad, en función del número de miembros, con el límite de 1,7 veces el índice de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA). La enmienda que modifica estos dos programas, suscrita por PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, ha sido aprobada por unanimidad.

En cuanto a las propuestas de modificación de la Ley Foral de Impuesto sobre Sociedades, recogida en el artículo 3 del proyecto, se tiene en cuenta la regulación de la deducción por gastos de publicidad derivados de actividades de patrocinio.

En ese marco, se establece que no se podrá aplicar la deducción cuando el contrato de patrocinio publicite el juego, las apuestas o los operadores de juego. Para interpretar estos conceptos se acudirá a lo establecido en la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego. El objetivo es no incentivar fiscalmente este tipo de publicidad que incita al juego y a las apuestas.

A instancias de EH Bildu, cuya enmienda ha prosperado por unanimidad, se recuperan los requisitos formales para poder aplicar la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y serie audiovisuales, introducidos por la Ley Foral 30/2018, al estimar que “tiene pleno sentido su mantenimiento”. Se trata de cuestiones que, entre otros, atañen al empleo promocional del material gráfico y audiovisual del rodaje y de las localizaciones, así como la inserción en los títulos de crédito finales de los logos del Gobierno de Navarra y de la Navarra Film Commission.

Con el fin de propiciar la recuperación de la recaudación a través del Impuesto de Sociedades y a instancias de EH Bildu, se establecen nuevos límites a la reducción de bases liquidables negativas en los períodos impositivos de 2020 y 2012. Así, los contribuyentes cuya cifra de negocios neta sea igual o superior a 20 millones e inferior a 60 aplicarán el límite del 50%, que será del 25% cuando dicho importe sea igual o superior a 60 millones. En ambos casos, el límite anterior era del 70%. El titular de la enmienda, que recuerda que dicho impuesto ha pasado de aportar 412 millones en 2009 a 192 en 2018, ha logrado el apoyo de todos los grupos, salvo Navarra Suma, que ha votado en contra.

En otro orden de cosas y siguiendo la tendencia de los principales países de la UE, se regula la tributación de la materialización de derechos económicos de carácter especial que provengan directa o indirectamente de sociedades o fondos de capital-riesgo, tales como rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad. La enmienda suscrita por PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, ha salido adelante con el voto en contra de EH Bildu y la abstención de I-E.

En coherencia con la calificación de la tributación del carried interest como rendimiento de capital mobiliario a efectos del IRPF, se aclara que dichas retribuciones tendrán la consideración de fondos propios, con independencia de cómo se contabilicen, no siendo, por tanto, gastos fiscalmente deducibles en el Impuesto de Sociedades. Esta enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha salido con la oposición de EH Bildu.

En ese ámbito, se equipará también la tributación del carried interest (la participación de los gestores de un fondo en las plusvalías resultantes de las operaciones realizadas por el mismo, más allá de la cifra que pudiera corresponderles por la inversión que a título particular hubieran realizado) a la de los dividendos y las rentas obtenidas en la transmisión de participaciones en entidades de capital riesgo. La enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha salido con la oposición de EH Bildu y la abstención de I-E.

Además, el proyecto de ley introduce beneficios fiscales a las unidades empresariales de I+D+i. Estas unidades se configuran como uno de los agentes que pueden ayudar al progreso de la investigación y el desarrollo. Se aprovecha también para sustituir la referencia a los “centros de innovación y tecnología” por los “centros tecnológicos”.

Por asentimiento y en relación a la participación en proyectos de I+D+i, se ha resuelto flexibilizar el momento en que se debe celebrar el contrato de financiación con un tercero no vinculado, para que el desarrollador ceda la deducción correspondiente del proyecto. Hasta ahora debía ser en el período impositivo en que se iniciará el desarrollo del proyecto, pero a partir de enero podrá ser en cualquier período impositivo, antes de la finalización del mismo. La enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha recabado unanimidad.

De manera análoga se procede con la cesión de la deducción, por parte de las productoras cinematográficas y audiovisuales, mediante un contrato de financiación con un tercero no vinculado. El objetivo es favorecer la financiación de las producciones, a través de su participación en ellas. La enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha recabado unanimidad.

En cuanto a las deducciones por creación de empleo, se sustituye la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) por una cantidad fija, con una serie de cautelas para tratar de fijar en todo momento una cantidad representativa de lo que se entiende por un asalario adecuado, a fin de que la deducción quede vinculada a la creación de empleo de calidad. La enmienda de EH Bildu ha prosperado por asentimiento.

En lo tocante a la Ley Foral General Tributaria, recogida en el artículo sexto del proyecto, se recoge una medida con efectos para las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones. La modificación normativa supone, por un lado, la aplicación de un tipo menor para los recargos por presentación de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones extemporáneas dentro del mes siguiente al término del plazo voluntario de presentación e ingreso. Se busca que quienes, por cualquier motivo, no hayan podido presentar la declaración en plazo se vean incentivados a presentarla cuanto antes, sin esperar a que transcurran 3 meses.

Además, en línea con las legislaciones de nuestro entorno, se reduce del 20 al 15 por 100 el recargo por la presentación de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones una vez transcurridos 12 meses.

Por último, también dentro de lo concerniente a la Ley Foral General Tributaria, el proyecto de ley regula los supuestos en que es posible la cesión de datos tributarios a terceros. En ese marco, se elimina la referencia al Departamento competente en materia tributaria, para ampliar la posibilidad de ceder datos a la Cámara de Comptos en el ejercicio de todas las funciones de fiscalización que tenga encomendadas.

A iniciativa de EH Bildu, se elimina la pretensión de interrumpir la prescripción de las deudas con la comunicación al deudor de la propuesta de inclusión en el listado de morosos, de forma que ahora se deja a criterio de los responsables de la recaudación el prescribir o no estas deudas. Navarra Suma ha votado en contra.

En ese marco, se prorrogan para el año 2020 las medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que estuvieron en vigor en los años 2017, 2018 y 2019. La previsión de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha suscitado unanimidad.

En consonancia con las recomendaciones de las principales organizaciones supranacionales, la UE y la AEAT, se establece la obligación de información (multa fija de 600 euros) y declaración de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. El objetivo es “luchar contra la elusión y la evasión fiscal y disuadir respecto a las prácticas de planificación fiscal agresiva”. A ese respecto, se dispone que los mecanismos transfronterizos cuyo deber de declaración haya nacido entre el 25 de junio de 2018 y el 30 de junio de 2020 deberán ser objeto de declaración en los meses de julio y agosto de 2020. Todas estas previsiones, impulsadas por PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, han recabado unanimidad.

En cuanto a los tributos del juego, se fija un gravamen del 20% para las apuestas, con independencia del medio que se utilice. La enmienda de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu ha sido apoyada por todos, salvo Navarra Suma, que se ha abstenido.

Respecto a los grandes establecimientos comerciales, se modifica la forma de cálculo de la superficie útil para venta y exposición de productos que sirve para determinar la base imponible del impuesto que los grava. A tal objeto, se aclara que no se computarán los pasillos y zonas de transito que comunican unos locales con otros. Con el fin de gravar únicamente las actividades comerciales y de hostelería, se excluye del cómputo la superficie ocupada por locales de ocio y espectáculos. La enmienda firmada por PSN, Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu ha contado con la oposición de Navarra Suma.

Finalmente, se prorrogan para el año 2020 las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra previstas en el artículo 1 de la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de manera que la jubilación forzosa de todo el personal funcionario se mantiene en los 65 años. No obstante, por necesidades de servicio y falta de profesionales, el Departamento de Salud podrá prolongar el servicio activo de determinado personal. La enmienda de PSN, Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu se ha aprobado por unanimidad .

Tras la aprobación del dictamen, que incorpora 24 de las 84 enmiendas discutidas (10 in voce), el proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias será elevado a Pleno el próximo jueves día 19, para su definitivo debate y votación.

De las 24 enmiendas aprobadas 12 corresponden a PSN-Podemos-Geroa Bai, 5 a EH Bildu, 3 a PSN-Podemos-I-E, 2 a Navarra Suma, y otras 2 a PSN-Podemos-Geroa Bai y Bildu.

A la sesión, presidida, por Isabel Aranburu (Geroa Bai), han asistido María Jesús Valdemoros, Juan Luis Sánchez de Muniáin, José Suárez, Marta Álvarez, Carlos Pérez Nievas, Cristina Ibarrola (G.P. Navarra Suma), Ainhoa Unzu, Inma Jurío, Arantza Biurrun (G.P. PSN), Mikel Asiain (G.P. Geroa Bai), Adolfo Araiz, Laura Aznal (G.P. EH Bildu), Mikel Buil (G.P. Podemos-Ahal Dugu), y Marisa de Simón (G.P. Mixto- Izquierda-Ezkerra).

Comunciado PARLAMENTO DE NAVARRA

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