La asociación celebra que la Audiencia Nacional ponga límites a la AEPD y recuerda que la sentencia no prohíbe el uso de la biometría

ANESAR subraya que el fallo sobre biometría no cuestiona la legalidad de estos sistemas

AZARplus

Tras conocerse el texto íntegro de la sentencia de la Audiencia Nacional que anula la guía de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre el tratamiento de datos biométricos para el control de presencia, ANESAR ha realizado una valoración más detallada del fallo, subrayando que la resolución “no cuestiona la legalidad del uso de tecnologías biométricas“, sino la forma en la que la Agencia trató de imponer sus criterios.

La patronal recuerda que, tal y como ya adelantamos en AZARplus al publicar en exclusiva la sentencia, el tribunal concluye que la AEPD utilizó una simple guía interpretativa para establecer criterios que, por sus efectos prácticos, debían haberse aprobado mediante el procedimiento previsto para las disposiciones de carácter general.

En este sentido, ANESAR destaca que la Audiencia Nacional “ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación Española de Empresas de Seguridad (AES), anulando íntegramente la guía publicada por la AEPD en noviembre de 2023“, al considerar que el documento excedía el carácter meramente orientativo que la Agencia le atribuía.

La asociación pone el acento en que la sentencia deja claro que el problema no radica en la utilización de sistemas biométricos, sino en el instrumento empleado por la AEPD para fijar unos criterios que posteriormente utilizó en su actividad inspectora y sancionadora.

Asimismo, ANESAR insiste en un aspecto especialmente relevante para las empresas del Sector: la resolución “no supone un pronunciamiento sobre la licitud o ilicitud del uso de tecnologías biométricas“, por lo que el debate jurídico sobre su utilización continúa abierto.

La patronal recuerda igualmente que el fallo todavía no es firme, ya que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, y señala que la propia AEPD ha anunciado la elaboración de un nuevo marco regulatorio para el tratamiento de datos biométricos, cuya publicación está prevista para el próximo otoño.

Por ello, ANESAR considera que el escenario seguirá evolucionando durante los próximos meses, al tiempo que recuerda que la sentencia no altera, por sí sola, el marco jurídico sobre el uso de la biometría, sino el procedimiento empleado por la Agencia para imponer sus criterios.

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