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Las nuevas "salas de bingo, casinos de juego, salas de máquinas recreativas y de azar", "deberán cumplir una distancia mínima de radio 500 metros" y además "situarse a no menos de 100 metros de distancia a pie o medida poligonalmente de centros escolares", según publica el BOCM

Abierto el plazo de alegaciones sobre un Acuerdo en Torrejón de Ardoz que modifica las distancias en establecimientos del Juego

AZARplus

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado la adopción de un acuerdo de aprobación inicial de la de la modificación séptima del Plan Especial de Adecuación de Usos de Torrejón de Ardoz. Su objeto es regularizar los determinados usos comerciales y dotacionales en el municipio, modificando las limitaciones establecidas para determinados usos en establecimientos del Juego y centros religiosos. En relación a “salas de bingo, casinos de juego, salas de máquinas recreativas y de azar”, se establece que “las nuevas actividades deberán cumplir una distancia mínima de radio 500 metros, medidos sobre plano al punto medio de la fachada del local, en las existentes, pasados seis meses sin ejercer la actividad deberá cumplir la distancia establecida; además, de conformidad con la legislación autonómica deberán situarse a no menos de 100 metros de distancia a pie o medida poligonalmente de centros escolares”.

Dicha publicación busca el “general conocimiento por el plazo de un mes al objeto de oír reclamaciones”, quedando el expediente en el Departamento de Urbanismo para su examen por cualquier interesado y formularse posibles alegaciones.

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