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Un plantel profesional de excepción, en el que destacaron Guillermo Olagüe y Mikel López de Torre, debate en KREAB la normativa que regirá en toda Europa

JDigital, por ahora en solitario, EN CONTRA del nuevo Reglamento de Protección de Datos

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Mucha atención porque supone la implantación de una dinámica nueva, y muy, muy compleja, para las empresas y la propia Administración de todos los países de la Unión Europea y naturalmente también para el Sector del Juego: El Reglamento General de Protección de Datos Europeo va a imponerse con el objetivo de dar respuesta a un universo tecnológico de comunicación que tanto en el plano social como en el jurídico, en el económico como en el político, puede quedarse perplejo en solo 24 horas con casos como el reciente escándalo de Facebook…

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Pero hay mil dudas en el aire. Por eso ha sido especialmente oportuna de convocatoria de la firma KREAB para que cuatro ponentes del mayor nivel den información y expongan ideas, justamente cuando la Ley Orgánica de Protección de Datos de nuestro país –que tiene que cumplir con el Reglamento Europeo en todos sus términos- entrará en periodo de discusión y enmiendas en el Congreso de los Diputados.

En la Mesa celebrada ayer en Madrid se hallaban Guillermo Olagüe, Subdirector General de la GOJ, Mikel López de Torre, Presidente de Jdigital, Borja Adsuara, Jurista y Profesor de Derecho, y Rafael García del Poyo, experto en Derecho Internacional de Digital Business Osborne Clarke. Un plantel de excepción cuyas posturas se resolvieron 3 a 1, al ser Mikel López de Torre el único con una opinión negativa sobre la puesta en vigor del Reglamento.

Quizá la mejor introducción al tema, la más directa y comprensible, fue la realizada por el abogado Borja Adsuara: “Este Reglamento nace en Europa cuando ya existía una Directiva sobre Protección de Datos, pero a la que desde Estados Unidos no se le hacía ningún caso, ¿qué le importaba a unos señores, por ejemplo en Palo Alto, una Directiva europea? Se la saltaban y ya está. Pero con un Reglamento no pueden hacer eso, porque conlleva imposición de sanciones económicas. Ya no se trata sólo de lo que hay que hacer en Europa, sino de lo que tienen que hacer los que desde fuera sean proveedores de servicios para Europa”.

No obstante este y otros aspectos del Reglamento evidentemente positivos, desde Jdigital Mikel López de Torre rechazó en términos generales su implementación para el Sector del juego online, donde “los datos son fundamentales para poner en valor el negocio y en definitiva conforman todo el modelo de negocio”. Reconoció que “los usuarios quieren reservar su privacidad, pero al mismo tiempo quieren aprovechar las oportunidades y ventajas de su presencia en la red. No es raro que alguien nos pida bloquear sus datos y luego se queje de que no le hemos ofrecido una campaña o unas condiciones especiales”. Y es que “los datos nos sirven de forma fundamental para adecuar la oferta, para dar oportunidad a los eventos”. Además el Presidente de Jdigital utilizó otros argumentos de fuerza frente al Reglamento: el Sector ya dispone de muchas herramientas en este terreno y que son garantía de la lucha contra el blanqueo de dinero, de cumplimiento del Juego Responsable, de la prevención de conductas anómalas o incluso de que ninguna empresa va a exportar sus datos con fines publicitarios. Pero, sobre todo, señaló Mikel los ingentes gastos que puede suponer el nuevo Reglamento para empresas cuyas Plataformas con 15 o 20 de antigüedad se quedarían obsoletas para las nuevas funciones, requerirían la contratación de nuevo personal y grandes inversiones de tiempo y dinero: la experiencia muestra una media de 550.000 dólares para empresa de tamaño mediano y que han llegado a la deslumbrante cifra de 7.800 millones de dólares al entrar en el ranking de las 500 mayores compañías del planeta. “El juego online –concluyó– se basa en adecuar la oferta a la demanda, y ahí las restricciones del Reglamento van a ser negativas para las empresas sin que yo vea tampoco mejoras para el usuario”.

Por el contrario el resto de los ponentes dieron una valoración positiva al Reglamento como un sistema de elevación de la calidad global en el mercado que alcanzará paso a paso a todos sus estamentos.

Guillermo Olagüe destacó que en este caso el rol de la DGOJ es secundario, puesto que la autoridad competente es la Agencia de Protección de Datos y la propia DGOJ carecerá de potestad sancionadora en el caso de violaciones del Reglamento de Protección de Datos. “Se trata de un impacto normativo –explicó- que cambia el anterior modelo de control hacia la Responsabilidad Activa de los propios actores del Sector, por ejemplo con la creación en las empresas de la figura del Delegado de Protección de Datos”. También señaló innovaciones como el paso del consentimiento tácito del cliente al consentimiento expreso en el manejo de sus datos, el derecho al olvido o el derecho a la portabilidad (la obligación de una empresa a trasladar los datos a otra si el cliente decide cambiar).

Borja Adsuara dirigió su óptica hacia los aspectos éticos que conlleva una normativa de esta índole, porque al hablar de la Protección de Datos sin duda se implica el derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen y entran en juego la privacidad de las personas frente a los intereses comerciales, la lealtad de las empresas con sus clientes y empleados, y viceversa, o la transparencia de los negocios. Insistió en que el Reglamento debe superar la “letra pequeña”, que se convierte tantas veces en trampa para usuarios ingenuos, y ponderó nuevas posibilidades como la de que la propia Administración sea por primera vez susceptible de ser sancionada por no proteger adecuadamente los datos de los ciudadanos o la fuerte cuantía de las multas por estas infracciones en el mercado, que pueden llegar a los 20 millones de euros o al 4% de la facturación de una Compañía. No ignoró tampoco dificultades para nuestro entorno como el de encontrarse “con una nube de datos inutilizable por no haberse puesto al día durante los dos últimos años, con peligro de abocarse al incumplimiento legal o a la quiebra”.

Rafael García del Poyo hizo viajar a su audiencia por la realidad europea que comporta el Reglamento de forma muy gráfica: “Es como si un policía alemán pudiera poner una multa a un conductor italiano en una carretera francesa”. Efectivamente, la extraterritorialidad del Reglamento nos sitúa ante un horizonte nuevo, especialmente cuando el Sector del Juego siempre ha carecido de legislación común en la UE. Ahora “cualquier país puede intervenir y exigir, y la dispersión de empresas, clientes o Administraciones quedará sujeta a un Comité Europeo de Protección de Datos”. Sin embargo, también se detuvo en el carácter no constrictivo del Reglamento que, muy al contrario, se basa en la autorregulación para que las empresas tomen sus propias decisiones y fórmulas de control, ya que “no se trata de prohibir, sino de decir cómo tienen que hacerse las cosas”.

Esta internacionalización, que incluso podría requerir una modificación de la Constitución española en opinión de Rafael G. del Poyo, supone facultar a las respectivas Agencias Nacionales de Protección de Datos para actuar en cualesquier territorio de la UE y eso, digamos como nota final, puede también conducir a situaciones un tanto “chuscas” como que una mayoría de actores se dirijan a Irlanda dadas sus notables ventajas tributarias, lo que crearía sin duda un gran malestar en el resto.

Como se ve, un tema sobre el que queda mucho que hablar, que aprender y que adecuar a cada situación. Pero es un engranaje que se ha puesto en marcha y es irreversible. 

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4 Comentarios

  1. A buenas horas… Me temo que esta posición es puramente quijotesca, ¿no?
    Quienes la sostienen no deben estar recibiendo cada día 3 o 4 llamadas publicitarias en el móvil, ni docenas de emails no solicitados ni deseados.
    Pienso que JDigital debería dedicar sus esfuerzos a causas más realistas.

  2. Como jugador online no me extraña que defiendan esta postura, yo llevo recibiendo publicidad no solicitada ni deseada de Páginas de Empresas socias de Jdigital (de momento no diré nombres) desde antes de la Ley de Juego Online.

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