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DECLARACIONES EXCLUSIVAS

EL PRESIDENTE DE SAREIBA es consciente de la situación generada por la Ley de Presupuestos e intenta buscar soluciones al problema

Luis Cruz: “Confío en que ahora SI se convoque a la Comisión para poder debatir y llegar a un acuerdo”

AZARplus

Palabras conciliadoras que son de agradecer y que no eximen de la razonada y dura crítica sobre la derogación de los apartados 3 y 4 del artículo 32 de la Ley 8/2014 del Juego y las Apuestas de las Islas Baleares. Y es que, Luis Cruz opina que “no nos gusta que se efectúe cualquier cambio en una Ley que fue famosa por el consenso que suscitó entre todos los agentes implicados a lo largo de su tramitación y su aprobación”. Así mismo, considera que “no es correcto que se modifiquen los trámites formales con los que contamos en la Comunidad”. El Presidente de SAREIBA tiene toda la razón y así se explica con firmes argumentos en el Comunicado Oficial que ha emitido la Asociación y que reproducimos íntegramente a continuación:

LEER COMUNICADO DE SAREIBA

VER AZARplus 02/11/17.- Presentado en el Parlamento el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Baleares para 2018

SOBRE LA MODIFICACION DE LA LEY DE JUEGO VIA LEY DE PRESUPUESTOS

Nuestra Asociación debe manifestar,

en relación al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para el año 2018, que en su disposición derogatoria única dispone la derogación de los apartados 3 y 4 del artículo 32 de la Ley 8/2014 del Juego y las Apuestas de las Islas Baleares en los que se establece:

3. Las sanciones pecuniarias previstas en el presente título se pueden hacer efectivas antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador, con una reducción del 15 % (actualmente 20% por el art. 85.2 de la Ley Estatal 39/2015) sobre la cuantía propuesta en el acuerdo o la resolución de inicio o, en su caso, en la propuesta de resolución.

4. Igualmente, el cumplimiento debidamente acreditado ante la administración competente de las obligaciones o los derechos formales del presunto infractor o infractora, por iniciativa propia, en cualquier momento del procedimiento administrativo sancionador, antes de que se dicte la resolución, supone una reducción del 15 % sobre la cuantía propuesta en el acuerdo o la resolución de inicio o, en su caso, en la propuesta de resolución. Las reducciones a que se refieren los apartados anteriores de este articulo se pueden acumular.

que esta derogación normativa no debería llevarse a cabo por los siguientes motivos:

Primero: La finalidad de la citada reducción del 15%, en la que estuvieron de acuerdo todos los sectores implicados, incluso de los grupos políticos, al aceptarse varias enmiendas a su articulado, en el proceso de tramitación y posterior aprobación de la Ley del Juego, fue minorar el importe de las sanciones pecuniarias que se impusieran por infracciones meramente formales, esto es, las producidas por simples errores humanos u omisiones, fácilmente subsanables, en las que, por tanto, no existe intención alguna de vulnerar conscientemente la norma de juego. Como puede ser, por ejemplo, el descuido en la anotación de una máquina en el libro de incidencias, la inexistencia puntual de hojas de reclamaciones, y similares.

Segundo: La Comisión de Juego de las Islas Baleares, creada por el decreto 48/2014 de 28 de Noviembre en virtud de mandato de la disposición adicional sexta de la Ley de Juego y Apuestas de las Islas Baleares señala que es un órgano consultivo, de estudio, de asesoramiento y de coordinación de las actividades relacionadas con el juego y las apuestas en el ámbito territorial de las Illes Balears, adscrito a la consejería competente en materia de juegos y apuestas y que le corresponde, entre otras, las funciones,

“c) Conocer los proyectos de ley y de disposiciones generales que afecten al juego y colaborar con propuestas relativas a su contenido”.

Con la decisión política de utilizar la ley de presupuestos generales para llevar a cabo la derogación indicada en la Ley de juego no solo se está soslayando la previa participación y audiencia pública respecto de la citada Comisión, sino también de los destinatarios de la referida derogación.

Comunicado SAREIBA

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