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TAMBIÉN OFRECE INFORMACIÓN RELATIVA A LAS RIFAS OCASIONALES

La DGOJ advierte sobre la obligatoriedad de la relación telemática con la Administración

AZARplus

AZARplus.- Con fecha de ayer se publicaron dos medidas de la DGOJ en su portal, por un lado “todo lo relativo a las Rifas Ocasionales y por otro lado recuerda que “A partir del 2 de octubre de 2016 y la entrada en vigor el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuya virtud las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. En cumplimiento del citado precepto y concordantes, a partir de la fecha indicada, cualquier solicitud, y documentación que acompañe, dirigida a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), se deberá presentar haciendo uso de la sede electrónica del órgano, no admitiéndose a trámite aquellas solicitudes que eventualmente puedan ser presentadas por cualquier otro medio, supuesto este último en el que se requerirá al interesado posterior subsanación mediante presentación electrónica. El formulario electrónico para la realización de dicha presentación electrónica se encuentra en la sede electrónica de esta Dirección General“.

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