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El proyecto de Regulación del Juego en Brasil volverá a ser examinado por la Comisión Nacional de Desarrollo del Senado

AZARplus

AZARplus /eldiariodeljuego.- La Comisión Nacional de Desarrollo del Senado de Brasil volverá a debatir el proyecto de ley que regula y habilita el funcionamiento de los casinos, bingos, el popular Jogo do Bicho, y videojuegos (PLS 186/2014). Los Senadores aprobaron ayer la solicitud del ponente, el senador Fernando Bezerra Coelho (PSB-PE) para que la iniciativa vuelve a la comisión, que ya había sido aprobada. Lo proyectos de la llamada Agenda Brasi, definida por el Presidente del Senado, Renan Calheiros con el fin de impulsar el crecimiento económico, son analizados por la Comisión Nacional de Desarrollo.

La justificación de Fernando Bezerra Coelho es que, después de recibir a representantes de diversos organismos gubernamentales, se hizo evidente la necesidad de cambios en el proyecto de ley que legalizaria y regularía los juegos de azar en el país.

Entre los organismos que participaron en las conversaciones con el senador se encontraba la Policía Federal y el Ministerio Público. Para Bezerra, es esencial mejorar el proyecto, para que el juego no se utilice para el blanqueo de dinero.

Otro requisito, del senador Magno Malta (PR-ES), en contra del texto, solicitó el examen del proyecto por parte de la Comisión Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ). La solicitud no fue aprobada.

El proyecto del senador Ciro Nogueira (PP-PI), establece normas para la explotación del juego, como criterios para la autorización y reglas para la distribución de los premios y la recaudación de impuestos. La iniciativa también establece normas para el funcionamiento de las salas de bingo y determina que los casinos trabajan integrados con complejos de ocio y entretenimiento, construidos específicamente para este fin, con además hoteles y restaurantes.

De acuerdo al proyecto queda prohibido que los titulares de cargos electivos operen esta actividad. La limitación para explotar este negocio es extensivo a cónyuges, y parientes directos.

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