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PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERALES 2016

La Comunidad de Madrid proyecta “flexibilizar la normativa de juego”

AZARplus

AZARplus.- Como saben, la Comunidad de Madrid publicó la pasada semana el Proyecto de Presupuestos Generales para 2016. En el mismo, además del consabido texto de adaptación del reglamento a la posible instalación de Terminales Online, a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado para dar validez en la región a las homologaciones de materia de juego y al registro de las empresas de juego en otras comunidades autónomas, se hace referencia a la necesidad de “flexibilizar la normativa de los distintos subsectores de juego, encorsetados hoy por una normativa demasiado rígida para las necesidades”:

“Las innovaciones tecnológicas aplicadas al desarrollo de actividades del juego y apuestas y las nuevas demandas del sector exigen flexibilizar la normativa de los distintos subsectores de juego, encorsetados hoy por una normativa demasiado rígida para las necesidades. A tal fin se prevé llevar a cabo la tramitación de diversas normas con rango de orden para adecuar las
reglas de las actividades de juegos y apuestas con mayor autonomía para los operadores de juego”.

Los objetivos para el año 2016, en el ejercicio de la competencia sobre el juego en la Comunidad de Madrid, son los siguientes:

1. Ordenación del Juego.

La disposición final primera de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid, faculta al Gobierno a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la misma.

Las innovaciones tecnológicas aplicadas al desarrollo de actividades del juego y apuestas y las nuevas demandas del sector precisan una adaptación del marco normativo. Por tanto, se prevé llevar a cabo la tramitación de diversas normas reglamentarias y la modificación de algunas de las ya  existentes, para posibilitar una flexibilización de las diferentes reglas de las actividades de juegos y apuestas, con mayor autonomía para los operadores de juego, así como la inclusión de nuevas modalidades de juego.

Por otro lado, se debe adecuar la normativa de juego a los principios establecidos en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.

Finalmente, se debe destacar la necesidad de mantener la labor de análisis del sector del juego como referencia para la adecuada ordenación del mismo. Con tal motivo, se elaborarán informes trimestrales sobre la situación del sector y una memoria anual del juego.

2. Gestión del Juego.

El juego se caracteriza por estar sometido con carácter general a autorización administrativa previa para su lícito desarrollo en aras de la protección del interés general y, en particular, de los consumidores y de sectores de la población más sensibles a la actividad, por razones de orden público y salud pública y con la finalidad de prevención del fraude. Este régimen jurídico se extiende tanto a las actividades y establecimientos destinados al juego como al material con el que se practica.

Pieza básica de esta articulación jurídico-institucional es el Registro del Juego, instrumento oficial de publicidad y control de las actividades vinculadas a la organización y explotación de juegos y apuestas con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al ejercicio de dichas actividades y asegurar su transparencia.

Las inscripciones en el Registro constituyen un presupuesto previo del lícito ejercicio de la actividad y su constante actualización necesita de una continuada, ágil y eficaz gestión.

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