SE MANIFIESTA CON RESPECTO A LA INSTALACIÓN DE NUEVOS SALONES A MENOS DE UN RADIO DE 800 METROS DE OTROS
La CNMC publica las Conclusiones sobre la reclamación contra el Decreto del Reglamento de Salones Valencianos
AZARplus.- El pasado 28 de agosto de 2015 publicamos en EXCLUSIVA en AZARplus la noticia acerca de la intervención de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con respecto al reglamento de Salones de la Comunidad Valenciana en el que recurría el Decreto 55/2015, del Consell que aprobaba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Valenciana.
En concreto el recurso se dirigía contra la probición de la instalación de nuevos salones de juego a menos de un radio de 800 metros de otros salones. La CNMC estima que el decreto objeto de recurso puede resultar contrario al principio de necesidad previsto en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado.
Ahora, la CNMC ha publicado el INFORME sobre dicha reclamación relativa a la instalación de Salones de juego en la Comunidad Valenciana con las siguientes conclusiones:
1.- La previsión del Decreto 55/2005 de que no puedan instalarse Salones de Juego cuando exista otro autorizado a una distancia radial de 800 metros no se considera suficientemente justificada en términos de necesidad.
2.- En vista de que en el procedimiento de aprobación de la norma habría participado la Comisión del Juego de la Comunidad Valenciana, de la que formarían parte empresarios del sector, no cabe descartar que tal procedimiento de aprobación haya incurrido en el requisito prohibido por la LGUM, art. 18.2.g) consistente en la participación indirecta de competidores en la concesión de autorizaciones o en decisiones relativas al establecimiento.
VER INFORME COMPLETO DE LA CNMC
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