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La Rioja enumera las Directrices de Control de los Impuestos sobre el Juego

AZARplus

AZARplus.- El 4 de septiembre, el Boletín Oficial de La Rioja publicaba la Resolución de 31 de agosto de 2015, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se publican las Directrices Generales del Plan General de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2015. Estas son las especificaciones en cuanto a Tributos sobre el Juego:

a)Actuaciones de verificación y comprobación sobre la tributación de las empresas de juego, en sus diversas modalidades para casinos, bingos, máquinas recreativas, rifas y tómbolas. Especial impulso a la correcta tributación de las apuestas y combinaciones aleatorias a la vista del Decreto 30/2014, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b)Control de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Juego, regulado en el artículo 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (online), y las correspondientes actuaciones de regularización.

c)Control de las declaraciones de los premios de loterías y apuestas superiores a 2.500, por sus implicaciones en IRPF e IVA, a los efectos del gravamen especial establecido en la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

d)Control sobre la información previa y autoliquidación a presentar como consecuencia de la celebración de festivales de pelota.

e)Control de los incumplimientos en materia tributaria y actuaciones de lucha contra el juego no autorizado.

VER BOLETÍN DE LA RIOJA


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