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PUBLICAMOS LAS ALEGACIONES DE LA ASOCIACIÓN DE SALONES AL PROYECTO DE REGLAMENTO DEL BINGO Y DECLARACIONES, EN EXCLUSIVA PARA AZARplus, DEL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Cortés antagonismo entre la Dirección de Tributos Valenciana y ANESAR CV

AZARplus

AZARplus.- Todo parece indicar que la sangre no llegará al río…La Exclusiva de AZARplus, publicando y denunciando, el Proyecto de Reglamento del Bingo que descaradamente beneficiaba a los Bingos sobre los Salones de Juego, parece haber serenado sorprendentemente los ánimos beligerantes de las partes en conflicto…Detectamos voluntad y determinación para solucionar el grave antagonismo…De modo que no vamos a contribuir a echar más leña al fuego de esta crisis...Hoy publicamos unas declaraciones Exclusivas de Vicente Peiró a la noticia publicada por AZARplus el pasado miércoles y las Alegaciones que, en tiempo y forma, ha hecho ANESAR C.V., mientras esperamos sosegadamente el desarrollo de los acontecimientos…

VER ALEGACIONES DE ANESAR C.V.

VER AZARplus: Publicamos el descarado Proyecto del nuevo Reglamento del Bingo de la Comunidad Valenciana

VER EDITORIAL DE ORTEGA.- Ventoleras

Esta es la relación de puntualizaciones que Vicente Peiró, Director de Tributos de la Comunidad Valenciana ha trasladado a AZARplus en relación a nuestra noticia publicada sobre la confrontación con la Asociación de Salones de Valencia y las ventajas  que se recogían en el Proyecto de Decreto del nuevo Reglamento del Bingo:

1. No se aumenta la posibilidad de instalación de nuevas máquinas B. El reglamento, al igual que se está realizando con todos los sectores da libertad a los empresarios para organizar, de puertas para adentro de sus locales (o sería más preciso decir de servicio de admisión para dentro en el caso de Bingos y Casinos), el negocio como más conveniente lo consideren. Pero en el caso de los bingos se prevé expresamente que el parque de máquinas B sea constante estableciendo el mismo límite de máquinas B que existía hasta este momento.

2. En cuanto al horario, en la C. Valenciana se producía una anomalía en cuanto a los establecimientos de juego, ya que todos podían permanecer abiertos durante un periodo de 17 horas salvo los bingos que sólo podían abrir un periodo de 12 horas. Se ha tratado de equiparar estas franjas horarias.

3. En cuanto a que los bingos pueden funcionar sólo con las máquinas sin que se esté produciendo el juego del bingo, matizar que se obliga a que al menos durante 12 horas el juego del bingo, en cualquiera de sus modalidades, debe estar practicándose, si bien es cierto que se permite a los bingos que durante 5 horas al día puedan tener abierto sin que haya una partida de bingo simultánea.


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